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Decreto presidencial establece nuevos horarios al toque de queda

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SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo emitió el decreto que modifica a partir de este jueves el horario del toque de queda por la pandemia de coronavirus y ratifica el uso obligatorio de mascarillas en los lugares públicos.

La nueva disposición, que regirá hasta el 10 de enero, establece que el toque de queda será de lunes a viernes, de 5:00 de la noche a 5:00 de la mañana, con dos horas de libre tránsito que culminan a las 7:00 de la noche.

Los sábados y domingos el horario del toque de queda será desde la 12:00 del mediodía hasta las 5:00 de la mañana.

Dispone  que durante esos horarios solo se permitirá la circulación de personas relacionadas con actividades y servicios esenciales, incluyendo personal de salud, de farmacias, personas afectadas por alguna emergencia médica, personas dedicadas a labores de seguridad debidamente identificadas y miembros de la prensa  acreditados.

También podrán circular operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadoras de servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos, operadores de vehículos dedicados a la distribución de mercancías, insumos y combustible, personas que laboren en la industria y el comercio de alimentos y productos médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia o desde sus lugares de trabajo, pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales que estén trasladando a estos últimos, empleados del sector de transporte marítimo y aéreo debidamente identificados y en tránsito hacia o desde puertos y aeropuertos.

Asimismo, empleados de empresas que brinden servicios funerarios, trabajadores o contratistas de hotelería, minería, zonas francas, restaurantes que brinden servicios a domicilio de alimentos cocidos, los cuales podrán circular hasta las 11:00 de la noche.

El decreto 740-20 establece también que desde el 1 de enero hasta el 10 de enero los bares, restaurantes y colmadones no podrán recibir clientes que consuman en sus instalaciones.

Esos días estarán clausurados todos los espacios públicos abiertos al aire libre, tales como parques, malecones, gimnasios y los dedicados a prácticas deportivas, solo con la excepción de torneos profesionales sin asistencia de público.

La nueva disposición establece, además, el cese de las actividades de las  iglesias o denominaciones religiosas de todo tipo.