SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Administrativo (TSA) ratificó una multa de RD$2,189,154.08 impuesta por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) al Centro de Medicina Avanzada Doctor Abel González por «no garantizar la atención de emergencia» a dos afiliados que resultaron afectados tras el desplome del techo de la discoteca Jet Set.
La sentencia que cierra el caso
La decisión está contenida en la sentencia núm. 0030-04-2026-SSEN-00282, del 22 de mayo de 2026, mediante la cual la Tercera Sala del TSA rechazó el recurso presentado por el centro médico y ratificó la resolución sancionadora emitida por la Sisalril el 13 de agosto de 2025.
El proceso se inició tras las reclamaciones presentadas por Franklin Alberto Rodríguez Garabitos y Luis Thomás Graveley Hernández ante la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), que remitió los casos a la Sisalril para su investigación.
Los hechos que motivaron la sanción
Según los resultados de la investigación, el centro médico no registró las visitas de los dos afiliados y les informó que no aceptaba sus seguros, en lugar de gestionar la cobertura correspondiente con las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS).
Durante el proceso judicial, la clínica alegó que los afiliados no habían presentado denuncias personales. Sin embargo, el tribunal desestimó ese argumento al reconocer las facultades de la DIDA para recibir y tramitar reclamaciones en representación de los asegurados, conforme a la Ley 87-01, modificada por la Ley 13-20.
TSA valida actuación de instituciones
Los jueces también consideraron que la Sisalril actuó dentro de sus atribuciones legales al investigar los hechos e imponer la sanción, y que el centro médico no logró refutar los hallazgos de la investigación.
De acuerdo con el fallo, la atención de emergencia debe priorizar la salud de los pacientes, mientras que la comprobación de la cobertura del seguro corresponde a las gestiones internas entre el prestador de servicios y la ARS.
Además de la multa económica, la resolución de la Sisalril ordenó al centro médico presentar un plan de acciones correctivas y capacitar a su personal sobre las normas que rigen el Seguro Familiar de Salud.
«Ningún afiliado debe ser rechazado cuando necesita atención de emergencia por razones relacionadas con su seguro médico», afirmó Elías Báez, director general de la DIDA.
Báez destacó la coordinación entre las instituciones que intervinieron en el caso y sostuvo que la entidad continuará recibiendo reclamaciones y acompañando a los afiliados ante las instancias correspondientes. Asimismo, instó a quienes enfrenten dificultades para acceder a servicios de salud a acudir a la institución.
Reacciones y alcance de la decisión
- La multa asciende a RD$2,189,154.08 y fue confirmada en todos sus términos.
- El TSA rechazó el recurso del centro médico y validó la actuación de la Sisalril y la DIDA.
- La clínica deberá implementar un plan de acciones correctivas y capacitar a su personal.
- La DIDA reiteró su compromiso de defender los derechos de los afiliados.






